Todo Sobre Cuánto tarda una pensión por fallecimiento

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Comenzando con Todo Sobre Cuánto tarda una pensión por fallecimiento

Realizar el trámite de una jubilación o bien pensión además de cumplir con los requisitos, la documentación lleva su tiempo por eso aquellos que deben administrarla ante Anses se preguntan cuánto tarda una pensión por fallecimiento. Acá les explicamos de qué forma, exactamente en qué instante, dónde y cuánto sobre la pensión por fallecimiento.

 

 

 

Quiénes pueden gestionar la pensión por fallecimiento

Los familiares con derecho como los cónyuges o convivientes y asimismo hijos solteros hasta los dieciocho años -y que no perciban otra prestación-solo alguno de estos familiares pueden gestionar y cobrar la pensión por fallecimiento en Anses.

El tener que tramitar la pensión por fallecimiento de un jubilado puede volverse confuso en ciertos aspectos para los familiares con derecho a cobrar la pensión por fallecimiento. Con lo que hay pasos y plazos que deben cumplirse ante ANSES.

De qué manera y dónde realizo el trámite

El trámite para cobrar la pensión por fallecimiento, pueden hacerlo de forma presencial o por Internet:

  • Presencialmente: En el caso de hacerlo presencialmente deberá esperar a que pasen los 4 meses del fallecimiento del retirado.
  • Por Internet: De hacer el trámite por Internet, deberá ser en los 4 meses de producido el fallecimiento.

Requisitos:

  • Conviviente: Acreditar 5 años de convivencia antes de la data del fallecimiento. Si tienen un hijo reconocido por los 2, el plazo se reduce a un par de años.
  • Hijos: Ser menor de dieciocho años, soltero y no cobrar otra prestación. No hay límite de edad si el hijo/a se está incapacitado/a para trabajar y ha estado al cargo del retirado fallecido.

Qué documentación necesito presentar

Documentación del retirado fallecido

  • Partida de defunción.
  • Formulario PS 6.76 – Información Bancaria, solo en el caso de no encontrarse registrada esta información en ANSES.

Documentación del cónyuge o bien conviviente del jubilado

  • DNI, LC, LE o constancia de DNI en trámite.
  • Formulario PS 6.9 – Declaración Jurada Art. 1º Ley diecisiete y quinientos sesenta y dos.
  • Si la persona fallecida se jubiló por moratoria (Ley N.º veinticuatro y cuatrocientos setenta y seis) y existieran cuotas pendientes de pago se deberá presentar el Formulario PS.6.279 – Aceptación de descuento de cuota de moratoria de la prestación de pensión.
  • Formulario PS.6.284 – Declaración Jurada sobre la eventual percepción de posibilidades en provincias no adheridas al SIPA o en las Fuerzas Armadas o de Seguridad.

Documentación del hijo/a incapacitado para trabajar

  • Certificado de alumno regular / escolaridad. Original y copia.
  • Formulario PS 6.9 – Declaración Jurada Art. 1º Ley diecisiete y quinientos sesenta y dos.
  • Formulario PS 6.12 – DDJJ dependencia económica titular.
  • Formulario PS 6.13 – DDJJ dependencia económica testimonial.

Si es huérfano de padre y madre deberá presentar original y copia del testimonio de tutoría o curatela transitoria o terminante, con aceptación de cargo, discernimiento y autorización para percibir haberes devengados y a devengar.

Documentación del representante

  • DNI, LC o LE.
  • Formulario PS 6.4 – Carta Poder.
  • Formulario PS 6.9 – Declaración Jurada Art. 1º Ley diecisiete y quinientos sesenta y dos.
  • Si es letrado o gestor, deberá estar registrado en la Base de Gestores de ANSES como abogado/gestor habilitado.

De qué manera efectuar el trámite

Trámite Presencial

  • Primero elegir la Unidad de Atención Integral (UDAI) o oficina más cercana al domicilio, antes de pedir turno en ANSES.
  • Luego deben solicitar un Turno en ANSES para la oficina de Anses elegida.
  • Tercero consultar la información del día y el lugar del turno asignado.
  • Por último presentar la documentación en la UDAI o oficina elegida al sacar el turno, y presentarse en el día y la hora indicados.

Trámite por Internet

  • Ingresar a Mi ANSES (En el caso de No tener clave, pueden crearla en el momento)
  • Ingresar en Administración > Pensión derivada automática y proseguir los pasos indicados.

Si tienen alguna duda puede consultar llamando a la línea telefónica gratis ciento treinta, de 8 a veinte h.

Consulta de expediente ANSES

Para saber en que estado está el expediente, y cuanto falta para que salga el trámite de la pensión, debe ingresar al sitio www.anses.gob.ar, y asimismo ingresar el número de EXPEDIENTE para consultar el estado del mismo. Pueden ver el estado de sus trámites en:

  1. Opción Retirados y pensionados
  2. Consulta de expediente de Mi ANSES
  3. Ingresar el Número de expediente
  4. Ingresar el Número de seguridad

 

Anses: Pensión por Fallecimiento de un trabajador

Los familiares de un trabajador que al momento de sufrir el fallecimiento y este trabajaba en relación de dependencia, como autónomo o monotributista. Pueden cobrar la Pensión por Fallecimiento del Trabajador.

Quiénes pueden cobrar la Pensión por Fallecimiento del Trabajador

Cónyuge, conviviente o hijos del trabajador fallecido.

Requisitos para cobrar la Pensión por Fallecimiento del Trabajador

Las personas que pueden solicitar la prestación son las siguientes:

  • Cónyuge: Partida de Casamiento actualizada. (La actualización debe ser siguiente a la data de deceso)
  • Conviviente: Acreditar 5 años de convivencia antes de la data del fallecimiento. Si tienen un hijo reconocido por los 2, el plazo se reduce a dos años. 
  • Hijos: Ser menor de dieciocho años, soltero y no cobrar otra prestación. No hay límite de edad en los casos que el hijo se encuentre incapacitado para trabajar y haya estado al cargo del trabajador fallecido

Del trabajador fallecido, cumplir ciertos siguientes

  • Tener treinta años de aportes para el régimen común.
  • Haber aportado treinta meses o más en los últimos treinta y seis meses antes de su fallecimiento.
  • Haber aportado dieciocho meses o más en los últimos treinta y seis meses antes de su fallecimiento.
  • Haber aportado doce meses en los últimos sesenta meses antes de su fallecimiento y tener la mitad del total de años demandados por el régimen común o diferencial. En el caso de no cumplir con este requisito el demandante puede completar los años de aportes, computando servicios por Declaración Jurada.

Documentación

Recibos de sueldo, altas de AFIP y toda documentación laboral posible del trabajador fallecido.

Trámite

El trámite es presencial con turno.

Subsidio de Contención Familiar

Es un reintegro por gastos de sepelio, que se cobra tras el fallecimiento de un retirado o pensionado de ANSES.

A quiénes les corresponde

  • Personas a quienes les corresponda la pensión por fallecimiento.
  • Personas que acrediten haber pagado los gastos del sepelio.

Requisitos

  • La persona fallecida debe ser retirada y/o bien bien pensionada o haber pedido el inicio de la jubilación y/o pensión y tener derecho a la misma.
  • No haber transcurrido más de un año desde el momento del fallecimiento

Documentación

En original y copia:

  • DNI de quien solicita el reintegro.
  • Partida de defunción del retirado o pensionado.
  • Factura de la funeraria a nombre del demandante de la asignación.

Trámite 

El trámite es presencial con turno. 

PuedeN realizar con el inicio del trámite de la pensión. Si lo realiza otra persona que acredite haber pagado el sepelio debe hacerlo antes cumplirse un año del fallecimiento del retirado o pensionado.

 

El trámite a fin de que salga la pensión por fallecimiento puede ser diferente en todos y cada caso, pues ante otros géneros de trámites tampoco hay un plazo específico, aunque si promedio. Es cuestión de consultar en unas semanas tras realizado y ver de qué forma va.

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