Conoce los requisitos para cobrar caja complementaria docente

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Conoce los requisitos para cobrar caja complementaria docente

Estimado enseñante, Conoce los requisitos para cobrar caja complementaria enseñante, si ya estas retirado o pensionado, tienes uno de los requisitos para hacer la solicitud.

Revisa la próxima información, te será de ayuda para conocer un tanto más sobre este beneficio, y que tu solicitud sea con fluidez  y veloz.

¿Qué es la caja complementaria enseñante?

En primer lugar, debemos conocer sobre el origen de la caja complementaria enseñante.

Fue fundada  por el Ministerio de Educación y Cultura, en el año mil novecientos setenta y cinco, con el propósito primordial de ser un complemento de la pensión y jubilación del área  de la docencia pública y privada.

La autoridad educativa  firmó un acuerdo de corresponsabilidad con la Unión Enseñantes Argentinos, comenzando el funcionamiento de la Caja Compensadora de Jubilaciones y Pensiones para el personal de la docencia.

Para el año de mil novecientos ochenta y tres, este pacto, quedó  sin efecto con la  promulgación de  la ley  No. veintidos mil ochocientos cuatro, que después es cambiada por la Ley veintitres mil seiscientos cuarenta y seis, para ser instalada la Caja Complementaria de Previsión para la Actividad Enseñante.

Esta entidad jurídica, tiene carácter no estatal, sin fines de lucro y de derecho público.

Además que goza de autonomia administrativa y financiera, conforme los lineamientos de la  ley.

Su organización comprende la administración de tres representantes del Ministerio de Educación de la Nación, que corresponde a uno por cada uno de ellos de ellos de los Sindicatos enseñantes, entre ellos la AMET, Sadop y UDA.

Adicionalmente un representante del sindicato de los retirados,  que es elegido cada cuatro años, un representante del gremio enseñante y otro representante de la  cartera de educación.

La idea de este aporte, es llenar el monto que percibe un enseñante retirado, que en nuestros días es de 82%, al monto que recibe un enseñante activo.

La forma de recaudar  los fondos que se precisan para cubrir el pago del complemento, es con el aporte de los enseñantes en ejercicio, que este afiliados al sistema.

El monto a aportar es de un cuatro con cinco% de su salario, este es retenido por el agente de retención, quien tiene la obligación de depositarlos respectivamente en la caja complementaria enseñante.

Como cobrar la Caja complementaria docente

Para administrar el pago de la caja complementaria enseñante, se debe:

  1. Reunir la documentación solicitada
  2. Completar el Formulario B2000

Seleccionar entre las vías libres para el trámite:

  1. Por medio de las delegaciones gremiales o UGD habilitadas.
  2. Por vía postal, a la Urbe Autónoma de la urbe de Buenos Aires en   Adolfo Alsina ochocientos setenta y cinco (CP mil ochenta y siete)
  3. De forma Presencial, en las oficinas de la Caja Complementaria Alsina ochocientos setenta y cinco  en la Urbe de la urbe de Buenos Aires.

Requisitos para cobrar caja complementaria docente

En los artículos 5 y 6 de la Ley veintidos y ochocientos cuatro y la  modificación en  la Ley veintitres y seiscientos cuarenta y seis y conforme su reglamento, apuntan que  para disfrutar del complemento de la jubilación, el adjudicatario he de estar cesante de actividades enseñantes con relación laboral.

Este complemento debe abonarse  simultáneamente con la la jubilación o pensión, que ha sido concedida por el sistema nacional, provincial o municipal de previsión.

Y debe cumplir con los lineamientos establecidos, como son:

  1. Entregar a la Caja Complementaria,  Presentar la documentación que la caja complementaria solicite con vinculación al estado en frente de las leyes previsionales y el complemento enseñante.
  2. Informar a la caja complementaria, en los diez días de causado, cualquier evento que influya con el derecho a la recepción parcial o total del complemento.

Para administrar los complementos de Jubilación o Pensión de la Caja Complementaria Enseñante, se requiere presentar las copias de los documentos, autenticadas  por Escribano Público.

O en su defecto por un Juez de Paz, o bien una autoridad policial, aparte de un Registro Público de Comercio.

Los documentos son:

  1. El documento de identidad del titular por el frente y el dorso.
  2. Acta de defunción, en el caso de aplicar
  3. Certificado de matrimonio
  4. Documento que compruebe la notificación del acuerdo y cobro de la pensión, con la data de alta del beneficio previsional o de la resolución de pensión.
  5. Si hubiese coparticipación, se deberá presentar la copia autenticada de la Hoja de Cómputos o   los Datos Básicos, emitida por la respectiva Caja Previsional. Donde se haga constar  el porcentaje inicial  y la data de caducidad de cada uno de ellos de ellos de los adjudicatarios de la pensión.
  6. El último recibo de la pensión previsional.
  7. Declaración Jurada firmada.
  8. El Formulario B2000, por cada uno de ellos de ellos de centros educativos donde haya ejercido, de los últimos cinco  antes del  cese de actividades.

¿Cuánto paga la caja complementaria?

De pacto con el Reglamento actual, la caja complementaria mensual va a ser calculada de la próxima manera:

  1. Se promediará el ingreso de los enseñantes activos,  tomando en cuenta  los treinta y seis meses calendarios más recomendables, consecutivos o no, que estén en los sesenta meses de manera inmediata  antes del ejercicio de la actividad enseñante.
  2. Del resultado que se logre, será aplicado un porcentaje para el complemento de retirados, basado en variados elementos como la antigüedad, entre otros.Y un setenta y cinco por ciento para los pensionados.
  3. En caso que este resultado, fuera menor al diez por ciento de las jubilaciones y pensiones mínimas del sistema nacional de previsión para los trabajadores con relación laboral, la cantidad del complemento será el mismo.
  4. Se apunta en la ley que el monto del complemento, no podrá ser mayor al cien por ciento o al setenta y cinco por ciento, del promedio de ingreso de los enseñantes en ejercicio, que es el que se toma como base.
  5. El cronograma para los pagos del complemento, están pautados entre los días del primero al veinte de  los meses pares. Entendiendo como semejantes a febrero, abril, junio, agosto, octubre y diciembre

Recibos de caja complementaria docente

El sistema de generación de boletas de pago y de presentación de declaraciones juradas mensuales de la Caja Complementaria del  docente, se le puede ingresar a través de el sitio web del organismo.

Se requiere tener el número de CUIT y la clave de ingreso y el digito verificador emitido por la caja.

Una vez dentro, la plataforma tiene la opción para imprimir las boletas o la declaración jurada de su interés.

Si tienes alguna inquietud sobre el tema Conoce los requisitos para cobrar caja complementaria docente Podrás usar hacer tu consulta por el Formulario que hallarás acá abajo para efectuar comentarios. Esperamos que este artículo haya sido útil.

Conoce los requisitos para cobrar caja complementaria docente

Si necesitás pero info sobre Conoce los requisitos para cobrar caja complementaria docente o bien te surgio alguna duda  sobre Conoce los requisitos para cobrar caja complementaria docente que no tratamos en este tutorial dejanos un comentario y te lo responderemos o bien ampliaremos este tutorial para contestar tus inquietudes.

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